El Impuesto sobre Sociedades (IS) es un tributo perteneciente al sistema tributario español, de carácter periódico, proporcional, directo y personal, que grava la renta obtenida por aquella persona jurídica (sea una sociedad, asociación o fundación) que resida en territorio español, es decir, las empresas que se constituyen conforme a las leyes españolas, tienen domicilio social en territorio español o bien, su sede de dirección efectiva se encuentra en España. Por tanto, el Impuesto sobre Sociedades, constituye una parte de la fiscalidad de los autónomos y emprendedores que han creado una sociedad. Así, en el caso de los autónomos, las entidades que normalmente deben presentar este impuesto son las Sociedades Limitadas y las Sociedades Unipersonales.
En lo que respecta al plazo de presentación, normalmente, éste se realiza durante los 25 días naturales posteriores a los 6 meses siguientes a la conclusión del periodo impositivo; suele coincidir con los primeros 25 días naturales del mes de julio, en el caso que el periodo impositivo coincida con el año natural.
Los tipos impositivos de Impuesto sobre Sociedades y, como es un impuesto progresivo y el tipo de gravamen depende del nivel de beneficios, son:
- El tipo impositivo general es del 30%: no no obstante, existen una serie de incentivos fiscales que afectan principalmente a las pequeñas empresas y permiten minorar este tipo de gravamen.
- Tipo aplicable del 25%: empresas que tengan entre 1 y 25 personas empleadas, con una facturación menor a 5 millones anuales y que hayan mantenido al mismo número de trabajadores o aumentado la plantilla respecto al ejercicio anterior.
- Tipo aplicable del 20%: empresas con la base imponible desde 0 hasta 300.000€ y aquellas cooperativas fiscalmente protegidas.
- Tipo aplicable del 15%: las empresas creadas a partir del 31 de diciembre de 2012, durante los 2 primeros años podrán aplicar el tipo reducido para emprendedores.
- Tipo aplicable del 5%: para aquellas empresas formadas sólo por socios.