Para comenzar diremos que el Certificado de Últimas Voluntades es un documento emitido por un organismo público, la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, que acredita si una determinada persona otorgó o no testamento, y ante qué notario lo hizo en caso de ser afirmativo. Al ser un registro centralizado para todo el territorio español, da lo mismo el lugar o ante qué notario se otorgó el testamento, si se hizo ante un notario, o ante embajador o cónsul en el extranjero, aparecerá en el Certificado de Últimas Voluntades. Esto permite a los herederos que se dirijan al Notario que realizó el testamento de su familiar, a los efectos de pedirle una copia y poder así iniciar los trámites de aceptación y partición de herencia. Como norma general, es necesario esperar a que hayan transcurrido 15 días hábiles, antes de poder solicitar el Certificado de Últimas Voluntades.
En lo que respecta a las personas con derecho y capacidad de solicitarlo, diremos que podrá hacerlos cualquier persona, siempre que presente los documentos requeridos, o en el caso de solicitud electrónica estén disponibles telemáticamente los datos de defunción necesarios.
Como información adicional, queremos destacar que en el caso de que el Certificado de Últimas Voluntades tenga que surtir efecto en el extranjero, necesita ser legalizado. Usted debe recordar advertirlo cuando solicite la tramitación de este certificado.
En GestoFácil tenemos una larga trayectoria y experiencia que avalan nuestro trabajo. Usted podrá solicitar y tramitar con nosotros aparte del Certificado de Últimas voluntades, el Certificado de Defunción, el Certificado de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento y muchos otros certificados para particulares o para empresa.
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